Ayudas para la conversión de contratos temporales a indefinidos de colectivos vulnerables. (ECOVUT 2021)

Publicación:

 23 de febrero 2021

Plazo de presentación:

Las solicitudes de ayuda, podrán presentarse entre el 24 de febrero y el 30 de abril de
2021. Siendo resueltas las solicitudes por orden de entrada, hasta agotar los fondos disponibles 

 

Objeto del Programa:

El objeto del programa es apoyar la conversión de proyectos temporales (incluidos los de formación) en indefinidos, de aquellas personas ocupadas pertenecientes a los colectivos considerados vulnerables de la Comunitat Valenciana.

 Siendo estos:

a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.

b) Personas menores de 30 años.

c) Personas mayores de 50 años.

d) Personas con diversidad funcional.

e) Mujeres.

¿Quiénes son los beneficiarios que pueden optar a estas ayudas?

Podrán beneficiarse de este programa las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidos autónomos, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana. Incluye tanto a Pymes, como a grandes empresas.

Tipo de ayuda:

La ayuda, en forma de subvención a fondo perdido, será la correspondiente de aplicar los siguientes porcentajes, sobre el salario mínimo interprofesional en el momento de la conversión del contrato por 24 meses. (% x SMI x 14 pagas anuales x 2 años).

  • 50% en el caso de mujeres y personas con diversidad funcional. (50% x SMI x 14 x 2)
  • 100% en caso de víctimas de violencia contra la mujer o personas con diversidad funcional severa. (SMI x 14 x 2).
  • 45% en el resto de casos. (45% x SMI x 14 x 2).

Estas ayudas están reguladas bajo el régimen de minimis. Siendo los fondos disponibles para cada provincia los siguientes:

  • Alicante: 5.321.250 €
  • Castellón: 1.246.250 €
  • Valencia: 5.932.500 €

Gastos apoyables:

Serán apoyables dentro de este programa, los gastos de contratación durante 24 meses de la persona a la que se realiza la conversión de su contrato temporal a indefinido. Aplicando el coste apoyable sobre el salario mínimo interprofesional del momento en que se realice la conversión.

 Los contratos deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • La conversión a indefinido deberá realizarse entre el 24 de febrero y el 30 de abril de 2021.
  • El trabajador/a debe haber figurado de alta de manera ininterrumpida en la entidad, durante al menos los 30 días previos a la conversión del contrato.
  • El contrato, indefinido a tiempo completo, deberá tener un periodo de prueba inferior a 2 meses. No siendo apoyables los contratos fijos discontinuos y los de servicios al hogar.
  • No puede haberse producido una finalización de la relación laboral entre el empleado/a y la entidad empleadora durante los seis meses previos a la conversión del contrato a indefinido

Más información:

Para ampliar la información relacionada con este programa de ayudas, puedes ponerte en contacto con nosotros  y nos encargaremos de facilitarte el acceso a esta financiación, a través de nuestro servicio de gestión de la innovación.

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