Subvenciones para proyectos de Innovación de producto, proceso y 4.0. INNOVA-CV 2025
Publicación:
10 de febrero de 2025
Plazo de presentación:
Las solicitudes de ayuda, podrán presentarse entre el 11 de febrero y el 25 de marzo de
2025.
Objeto del programa:
Apoyar el desarrollo de proyectos de innovación, iniciados desde el 1 de enero de 2025 al 30 de junio de 2026, de las siguientes tipologías:
• Desarrollo de productos innovadores INNOVAProD-CV. Desarrollo y fabricación de nuevos productos o la mejora significativa de los productos existentes de la empresa.
• Desarrollo de novedosos procesos de fabricación INNOVAProC-CV. Readaptación de procesos basados en mejora continua, procesos ecoeficientes.
• Innovación en Tecnologías de la Información, electrónica y comunicaciones.
TEICs INNOVATeiC-CV. Desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, la electrónica y las comunicaciones, con aplicación en varios usuarios.
¿Quiénes son los beneficiarios que pueden optar a estas ayudas?
Podrán beneficiarse de este programa las PYME con sede o centro productivo en la Comunidad Valenciana, que cuenten con un mínimo de 2 trabajadores en el momento de la presentación de la solicitud. Para el programa INNOVATeiC-CV no se establece límite de personal si la PYME acredita que es una empresa innovadora.
De acuerdo con el programa, el solicitante debe estar inscrito en los siguientes CNAEs:
- INNOVAProD-CV: encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 del CNAE.
- INNOVAProC-CV: encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33, o Sección H – Divisiones 49 a 52 del CNAE, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías.
- INNOVATeiC-CV: encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 26 a 30, o Sección J 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62 del CNAE.
Tipo de ayuda:
La Ayuda, en forma de Subvención a fondo perdido, con un porcentaje en función del
tamaño de empresa será de:
– Pequeña empresa: hasta el 45%
– Mediana empresa: hasta el 35%
Estando esta ayuda regulada, bajo el régimen de mínimis, por el cual, una misma empresa no podrá recibir en el periodo de 3 ejercicios consecutivos, más de 300.000€ en ayudas sujetas a este régimen.
Gastos apoyables:
Serán apoyables gastos desde el 1 de enero de 2025, hasta el 30 de junio de 2026, los
siguientes gastos:
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PROGRAMA |
GASTOS APOYABLES |
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INNOVAProD-CV |
.- Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Es obligatorio este gasto y debe ser igual o superior a la menor de las siguientes cantidades: al 10% del coste subvencionables total o 15.000 €. .- Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto. .- Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos. .- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros. Se limita el coste hora de personal a 50 euros/hora como máximo. .- Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo, servicios y suministros materiales necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada. .- Auditoría: revisión de la cuenta justificativa de la subvención hasta un importe máximo de 1.200 euros. |
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INNOVAProC-CV |
.- Servicios de consultoría y asistencia técnica para implantación de medidas. Para proyectos de readaptación de procesos productivos este gasto es obligatorio y debe ser igual o superior a la menor de las siguientes cantidades: al 10% del coste subvencionables total o 15.000 €. Para proyectos de puesta en marcha de nuevos métodos o técnicas de producción ecoeficientes, no se exige porcentaje mínimo de estos gastos, aunque se deberán incluir obligatoriamente este gasto, para asistencia técnica especializada, elaboración de un análisis de ciclo de vida, realización de ensayos, analíticas, pruebas de laboratorio, estudios de viabilidad técnico-económica y/o diagnósticos, tramitación necesaria para la certificación medioambiental. .- Adquisición de activos inmateriales. Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos. .- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros. Se limita el coste hora de personal a 50 euros/hora como máximo. .- Adquisición de activos materiales. Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios para implantación de la mejora, y la adquisición de elementos específicos para apoyar las medidas de mejora de organización, comunicación y control adoptadas. Para proyectos de readaptación de procesos, métodos o técnicas de producción con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos, métodos o técnicas de producción acordes a la convocatoria, así como los servicios y suministros materiales para disponer de un proceso verificable de la solución desarrollada. No será elegible en esta tipología de costes la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos .- Auditoría: revisión de la cuenta justificativa de la subvención hasta un importe máximo de 1.200 euros. |
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INNOVATeiC-CV |
.- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones. .- Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto. .- Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final. .- Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros. Se limita el coste a 50 euros por hora. .- Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo. .- Auditoría: revisión de la cuenta justificativa de la subvención hasta un importe máximo de 1.200 euros. |
Más información:
Para ampliar la información relacionada con este programa de ayudas, puedes ponerte en contacto con nosotros y nos encargaremos de facilitarte el acceso a esta financiación, a través de nuestro servicio de gestión de la innovación.