Ayudas para proyectos en contenidos digitales. Red.es 2020
Publicación:
08 de agosto de 2020
Programa:
Ayudas para el desarrollo de la oferta tecnológica en contenidos digitales. 2020
Objeto del programa:
Apoyar proyectos de desarrollo experimental asociados a los contenidos digitales, así como la generación de estos contenidos, en la medida en que sean necesarios para el objeto demostrador del desarrollo experimental que se realiza. Los proyectos subvencionables deberán consistir en el desarrollo y mejora funcional de tecnologías, no la mera integración de tecnologías de terceros.
Las tecnologías desarrolladas se encuadrarán en alguno de los siguientes ámbitos:
Puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables.
- Tratamiento de datos aplicada a la mejora de la asistencia sanitaria y a las crisis sanitarias.
- Videojuegos.
- Animación digital.
- Música.
- Cine y vídeo.
- Contenidos audiovisuales.
- Publicaciones digitales.
- Publicidad digital.
- Redes sociales.
- Aplicaciones móviles.
Cada empresa podrá presentar cuantas solicitudes de proyectos como considere, pudiendo recibir como máximo ayuda para tres proyectos. El presupuesto del proyecto estará entre los 150.000 € y los 2.000.000 €.
¿Quiénes son los beneficiarios que pueden optar a estas ayudas?
Podrán beneficiarse de este programa las empresas privadas españolas que No estén incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Tipo de ayuda:
La Ayuda, en forma de Subvención a fondo perdido irá en función del tamaño de empresa, siendo en cada caso la siguiente:
1.º Pequeñas empresas cuarenta y cinco por ciento (45%).
2.º Medianas empresas treinta y cinco por ciento (35%).
3.º Empresas no PYME veinticinco por ciento (25%).
Los beneficiarios podrán optar por obtener financiación de hasta el 100% del importe de los proyectos o actuaciones subvencionables a través de las líneas de financiación “ICO-Red.es Acelera” en los términos y condiciones establecidos en dichas líneas. En estos casos, las subvenciones dinerarias aparecerán vinculadas al préstamo concedido y operarán como amortización anticipada del mismo.
Gastos apoyables:
Serán apoyables gastos que se realicen a partir de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
Se apoyarán los siguientes gastos:
– Personal propio
– Servicios externos
– Material fungible
– Amortización de equipos necesarios para el proyecto
– Adquisición de patentes
Plazo de presentación:
Las solicitudes de ayuda podrán presentarse hasta el 5 de octubre de 2020.
Más información:
Para ampliar la información relacionada con este programa de ayudas, puedes ponerte en contacto con nosotros y nos encargaremos de facilitarte el acceso a esta financiación, a través de nuestro servicio de gestión de la innovación.