Modificación de programa para instalaciones de autoconsumo en la Comunidad Valenciana

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Publicación:

14 de mayo de 2021

Programa:

Ayudas para el fomento de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en empresas y entidades de la Comunitat Valenciana 2021. Modificado el plazo de presentación de solicitudes, de ejecución de las instalaciones y la dotación presupuestaria del programa para 2020. (DOGV 9101 de 7/6/21)

Objeto del programa:

Dotar ayudas económicas por valor total de 7,5 Millones de euros, que hagan viables inversiones en autoconsumo de energía eléctrica por parte de las empresas y entidades valencianas. A través de energía renovables o energías residuales, en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en concreto las previstas en el artículo 4 del Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

 

¿Quiénes son los beneficiarios que pueden optar a estas ayudas?

Podrán acogerse a estas ayudas las empresas, así como cualquier entidad o persona jurídica, de naturaleza pública o privada, con sede en la Comunitat Valenciana, con excepción de los ayuntamientos y las comunidades de propietarios.

Tipo de ayuda:

La Ayuda, en forma de Subvención, en función de la tipología de solicitante podrá alcanzar los siguientes porcentajes:

  • Grandes empresas: Hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto.
  • Medianas empresas: Hasta el 55% del coste subvencionable del proyecto.
  • Pequeñas empresas, entidades públicas y entidades S.A.L: Hasta el 65% del coste subvencionable del proyecto.

El máximo de ayuda a recibir por proyecto, será de 200.000 €.

Gastos apoyables:

Serán apoyables gastos que se realicen a partir de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y hasta el 23 de abril de 2022. Fecha en la que la instalación deberá estar finalizada y disponible para su funcionamiento.

– Inversiones en equipos y montaje de la instalación de autoconsumo.

       i) Fotovoltaica: Generador, inversores, sistema de control y regulación, equipo de medida y, en su caso, sistema de almacenamiento

       ii) Biomasa/biogás: Sistema de producción de biogás. Gas de síntesis o equivalente

– Obra civil necesaria para la instalación

– Instalación de evacuación de energía hasta el punto de conexión

– Costes de tramitación administrativa, inscripción en los registros de autoconsumo y producción de energía eléctrica, estudios de acceso y conexión, derechos de acometida de generación, impuestos municipales (ICIO), tasas de obras, legalización de la instalación.

– Costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra.

Serán apoyables proyectos con un presupuesto superior a 10.000 €.

IVACE establece unos costes tipo máximos considerables, en función de la tipología de la instalación, recogiéndose estos en la siguiente tabla.

Instalaciones sin acumulación

Tipología

Rango de potencia (P)

Coste de referencia (€/kW)

Instalaciones fotovoltaicas

P <= 10 kWp

1.600 €/kWp

10 kWp < P <= 20 kWp

(1.800 – 20 * P) €/kWp

20 kWp < P <= 50 kWp

(1.566 – 8,33 * P) €/kWp

50 kWp < P <= 500 kWp

(1.178 – 0,556 * P) €/kWp

P > 500 kWp

900 €/kWp

Instalaciones eólicas

P <= 50 kW

2.500 €/kW

P > 50 <= 100 kW

900 €/kWp

P <= 50 kW

2.500 €/kW

P > 50 <= 100 kW

2.200 €/kW

P >= 100 kW

1.800 €/kW

Instalaciones de biogás/biomasa

Todas las instalaciones

5.000 €/kW

NOTAS:

1. Proyectos innovadores: hasta un 25 % más de los costes de referencia definidos anteriormente, prevaleciendo el criterio del IVACE en caso de controversia acerca del carácter innovador del proyecto

2. Para instalaciones mixtas, se tomará como referencia cada uno de los costes indicados anteriormente en la proporción correspondiente a cada tecnología.

3. Para el resto de tecnologías, el IVACE determinará el coste subvencionable del proyecto

4. A las instalaciones de autoconsumo conectadas a través de un centro de transformación se le aplicará un coste de referencia un 10 % superior al indicado en la tabla anterior.

 

Instalaciones con acumulación

Tecnología acumulación

Coste de referencia (€/kW)

Plomo Ácido

250

Ión Litio

800

NOTAS:

1. Se considerará la capacidad nominal del sistema de almacenamiento energético, con independencia de la profundidad de descarga útil empleada en el diseño.

 

Plazo de presentación:

Las ayudas podrán ser solicitadas hasta el día 21 de junio de 2021.

Más información:

Para ampliar la información relacionada con este programa de ayudas, puedes ponerte en contacto con nosotros  y nos encargaremos de facilitarte el acceso a esta financiación, a través de nuestro servicio de gestión de la innovación.

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