Ayudas para instalaciones de energía eléctrica con fuentes renovables en Cataluña.
Publicación:
25 de septiembre de 2020
Programa:
Subvenciones del IDAE para la implantación en la Comunidad Autónoma de Cataluña de instalaciones generadoras de energía eléctrica que utilicen fuentes renovables.
Objeto del programa:
El objeto del programa es apoyar proyectos de inversión en Cataluña de instalaciones generadoras de energía eléctrica que utilicen fuentes renovables. Incluyendo actuaciones de inversión que mejoren la gestión y optimicen la producción. Incluye instalaciones de autoconsumo y la incorporación de energía a mercados locales.
a) Tipología de actuaciones objeto de ayuda
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Fuente de energía |
Tipo de actuación |
Límite potencia instalada |
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Gases Renovables / Biogás |
Biogás agroindustrial o industrial (generación y aprovechamiento eléctrico) |
Con independencia de su potencia |
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Solar Fotovoltaica*(1) |
Fotovoltaica Autoconsumo CON Almacenamiento servicios o industria |
100 kW ≤ P < 500 kW |
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Fotovoltaica Autoconsumo SIN Almacenamiento servicios o industria |
100 kW ≤ P < 500 kW |
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N/A |
Tipos de actuaciones asociadas a Comunidades de Energías Renovables u otras modalidades de comunidades energéticas, incluidas las comunidades ciudadanas de energía** (1) |
El límite de potencia será el valor más alto, entre los límites establecidos para cada tipo de actuación del proyecto, según los valores de la tabla del apartado b) siguiente. |
b) Actuaciones para acometer exclusivamente en Comunidades de Energías Renovables u otras modalidades de comunidades energéticas, incluidas las comunidades ciudadanas de energía.
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Fuente de energía |
Tipo de actuación (asociada a Comunidad de Energías Renovables u otras modalidades de comunidades energéticas) |
Límite potencia instalada |
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Eólica |
Instalaciones eólicas de gran potencia con almacenamiento (100 kW < P) |
Con aerogeneradores de potencia unitaria > 100 kW (sin límites en la potencia total de la instalación) |
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Instalaciones eólicas de pequeña potencia (10 kW < P ≤ 100 kW) |
Con aerogeneradores de potencia unitaria 10 < P ≤ 100 kW (límite en la potencia total de la instalación de 1 MW) |
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Instalaciones eólicas de muy pequeña potencia (P ≤ 10 kW) |
Con aerogeneradores de potencia unitaria ≤ 10 kW (límite en la potencia total de la instalación 100 kW) |
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Instalación eólica terrestre con producción/ almacenamiento de Hidrógeno |
Con aerogeneradores de potencia unitaria > 100 kW (sin límites en la potencia total de la instalación eólica) |
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Solar Fotovoltaica |
Fotovoltaica Pequeña Potencia venta RED CON Almacenamiento |
100 kW ≤ P < 1 MW |
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Fotovoltaica venta RED CON Almacenamiento |
1 MW ≤ P ≤ 10 MW |
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Fotovoltaica Micro Autoconsumo CON Almacenamiento |
10 kW ≤ P < 100 kW |
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Fotovoltaica Autoconsumo CON Almacenamiento |
100 kW ≤ P ≤ 10 MW |
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Fotovoltaica Autoconsumo Estacional SIN Almacenamiento |
100 kW ≤ P ≤ 10 MW |
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Fotovoltaica CON H2 (1MWp FV-265kW H2) |
1 MW ≤ P ≤ 10 MW |
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Fotovoltaica Pequeña Potencia venta RED SIN Almacenamiento |
100 kW ≤ P < 1 MW |
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Fotovoltaica venta RED SIN Almacenamiento |
1 MW ≤ P ≤ 10MW |
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Fotovoltaica Micro Autoconsumo SIN Almacenamiento |
10 kW ≤ P < 100 kW |
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Fotovoltaica Autoconsumo SIN Almacenamiento |
100 kW ≤ P ≤ 10 MW |
¿Quiénes son los beneficiarios que pueden optar a estas ayudas?
1. Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
2. Las empresas de servicios energéticos.
3. Las comunidades de energías renovables o comunidades energéticas.
Tipo de ayuda:
La ayuda, en forma de subvención a fondo perdido, se calculará en función de la valoración del proyecto según los criterios de evaluación. Pudiendo recibirse hasta el 80% de la ayuda concedida por anticipado.
La máxima ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por proyecto, será de 15.000.000 €.
Gastos apoyables:
Serán apoyables los gastos de proyecto técnico e instalación necesarios para el proyecto presentado. Incluyendo aquellos gastos para la gestión de la solicitud de ayuda y justificación del proyecto una vez aprobados. Siendo estos:
- Elaboración del proyecto de ejecución.
- Dirección facultativa de obra.
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
- Equipos principales de generación.
- Sistemas de acumulación: electrolizador alcalino y PEM, sistema de compresión y almacenamiento, instalación agua y auxiliares, sistema contra incendios.
- Obra civil: edificaciones necesarias para el proyecto, campas, excavaciones, zanjas y canalizaciones, canales, azudes y tuberías asociados a la instalación de generación, o a los sistemas de integración de energía eléctrica y gestión de la demanda, ayudas de albañilería, instalaciones auxiliares necesarias, viales de servidumbre interna de la instalación, adecuación de accesos para la instalación, edificios de control, plataformas de montaje, instalaciones temporales, restauración y medidas medioambientales correctoras después de las obras.
- Cimentaciones u otros sistemas de anclaje.
- Sistemas de descarga, silos u otros sistemas de almacenamiento, preparación y/o tratamientos del residuo/combustible a utilizar en el proyecto, así como los sistemas de transporte y alimentación de combustible incluidos en la instalación en proyectos de biomasa.
- Sistemas de descarga, silos u otros sistemas de almacenamiento, preparación y sistemas de digestión anaerobia de residuos y, en su caso, tratamiento digestados.
- Sistemas eléctricos y de control, hidráulicos, bombeo, instrumentación, auxiliares, etc., asociados a la instalación y, en general, equipamientos electromecánicos.
- Subestación eléctrica, transformadores, celdas, armarios, sistemas de teledisparo y protecciones, contadores, líneas de evacuación e interconexión de centrales de generación, y de los sistemas de integración de energía eléctrica y gestión de la demanda, red de tierras, batería de condensadores y, en general, equipamientos electromecánicos, aparellaje e infraestructuras eléctricas hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución. En su caso, se incluirán las protecciones y equipamientos que correspondan bajo el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y sus Instrucciones técnicas complementarias o el Reglamento de Instalaciones Eléctricas en Alta Tensión (RIAT) y sus Instrucciones técnicas complementarias
- Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento.
- Sistemas de control, telemedida, monitorización y comunicación con el centro de control asociados a la instalación, incluidas las pruebas, puesta en marcha y ensayos de funcionamiento.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización de la demanda de energía eléctrica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción permitiendo la integración más efectiva en la red, en mercados locales o en su uso para autoconsumo de las fuentes de energías renovables. Estos equipos deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados al proyecto objeto de la ayuda.
- Redes de distribución inteligentes (smart grids) para gestionar la generación distribuida localizada en entornos urbanos y periurbanos, y los sistemas de integración de energía eléctrica y gestión de la demanda, en gran medida renovable, y que deberá ser también gestionable y estar abastecida por el proyecto objeto de la ayuda. Solo se considerarán gastos subvencionables aquellos equipos vinculados directamente al proyecto objeto de la ayuda que deberán ser propiedad del beneficiario de la misma.
- Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las instalaciones
Plazo de presentación:
Los proyectos apoyables recogerán gastos realizados desde el momento de presentación de la ayuda y hasta el 30 de junio de 2023.
Las solicitudes de ayuda podrán presentarse hasta el 30 de noviembre de 2020.
Más información:
Para ampliar la información relacionada con este programa de ayudas, puedes ponerte en contacto con nosotros y nos encargaremos de facilitarte el acceso a esta financiación, a través de nuestro servicio de gestión de la innovación.